Tras unos años intensos acompañando el proceso de consecución de la regularización extraordinaria, SERCADE ha dado un paso más inscribiéndose como entidad colaboradora del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, para facilitar el proceso de regularización.
A continuación, compartimos el procedimiento que nuestra entidad ha consensuado para dar respuesta, siempre en la medida de nuestras posibilidades, a las instituciones y personas interesadas. El procedimiento está cuidadosamente pensado para garantizar que los expedientes que podamos ayudar a presentar sean presentados con rigor.
¿Cómo puedes ser atendido por SERCADE?
SERCADE pone a disposición sus sedes de Madrid y Zaragoza para ser atendido y orientado presencialmente. La atención se realizará, únicamente, con cita previa. Dicha cita se puede solicitar a través de los siguientes correos electrónicos:
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CITA PREVIA ZARAGOZA - Calle Fray Julián Garás 1, duplicado: citareguzaragoza@sercade.org
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CITA PREVIA MADRID – Calle Lope de Vega, 45: citaregumadrid@sercade.org
Para la solicitud de cita previa es muy importante indicar:
- Nombre y apellidos.
- País de procedencia.
- Motivo de la cita.
¿En qué consiste la atención que va a proporcionar SERCADE?
SERCADE ofrecerá un servicio para las personas que acudan, en su hora y día concertados previamente, consistente en:
- Servicio de orientación e información: revisión de la documentación y orientación sobre su correcta presentación.
- Servicio de elaboración del informe de vulnerabilidad: como entidad colaboradora en el proceso, podemos elaborar el certificado de vulnerabilidad. Este certificado lo elaboraremos, solamente, una vez conocida presencialmente a la persona que lo solicita y verificados los requisitos necesarios.
Nota: Las entidades sociales de la Red Faciam, de la Coordinadora de Personas Sin Hogar y de REDES interesadas en firmar convenios de colaboración, para cualquier información adicional: regularización@sercade.org
INFORMACIÓN ADICIONAL
¿En qué consiste la regularización y quién se puede acoger?
En la siguiente web del Ministerio se explican los requisitos para acogerse a la regularización: https://www.inclusion.gob.es/en/regularizacion
También se puede consultar el documento de preguntas y respuestas del propio Ministerio en este enlace.
¿A quién va dirigida esta medida?
Podrás acceder a la regularización si te encuentras en una de estas dos situaciones:
a) Has solicitado Protección Internacional en España antes del 1 de enero de 2026.
b)Te encuentras en situación administrativa irregular y llegaste a España antes del 1 de enero de 2026.
¿Qué requisitos se pedirán?
El Real Decreto establece dos requisitos para acceder al proceso de regularización extraordinaria:
- Encontrarse en nuestro país antes del 1 de enero de 2026 y acreditar una permanencia ininterrumpida de al menos cinco meses en el momento de la solicitud.
- Carecer de penales y no suponer una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.
¿Qué documentación debo presentar?
Todos los solicitantes deben presentar la siguiente documentación:
- Solicitud conforme a modelo específico, que estará disponible para descarga en el portal de la Regularización.
- Copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje, reconocido como válido en España.
- Documentación que acredite encontrarse en España antes del 1 de enero de 2026. Documentación que acredite haber permanecido en España durante los cinco meses anteriores a presentar la solicitud.
Para recibir más información, además de SERCADE, hay muchas otras entidades que prestan servicio de asesoramiento. Puedes encontrarlas en el siguiente enlace: https://www.inclusion.gob.es/documents/d/guest/entidades-colaboradoras?download=false